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69 Consejo de Administración <div><a href="https://transparencia.smdsantabrigida.es/storage/uploads/172838358120230822_CONSEJO%20DE%20ADM.%20SMD%202023.%20%20Revisada%2029-01-2024.png">Organigrama</a><br><br><strong><em>Miembros de Consejo de Administración:<br></em></strong><br></div><ul><li>José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez (Presidente)</li><li>Carlos Carrión Marrero (Consejero Delegado)</li><li>Ramón Olarte Lopez-Viota (Secretario)</li><li>José Armengol Martín</li><li>Juan Armando Umpiérrez Cabrera</li><li>Adrián García Armas</li></ul><div><br><strong>Funciones del Consejo de Administración:<br></strong><br></div><div><br>1. El artículo 14 de los Estatutos establece que corresponden al Consejo de Administración la representación de la Sociedad, en juicio y juera de él, ostentando las siguientes facultades, teniendo en cuenta que la presente determinación de atribuciones es meramente enunciativa y no limita en manera alguna las amplias facultades que lo cometen para gobernar, dirigir, administrar los negocios e intereses de la Sociedad en todo cuanto no esté especialmente reservado a la competencia de la Junta General:<br><br></div><div>a) Adquirir, enajenar, disponer, gravar toda clase de bienes muebles e inmuebles y constituir, aceptar, modificar o extinguir toda clase de derechos reales, personales e hipotecas.<br><br></div><div><br>b) Otorgar toda clase de actos, contratos o negocios jurídicos con los pactos, cláusulas y condiciones que estimen oportuno establecer; transigir, pactar arbitrajes; tomar parte en concursos y subastas; realizar cualquier operación sobre acciones, participaciones y obligaciones u otros títulos valores, así como realizar actos de los que resulte la participación en otras sociedades, bien concurriendo a su constitución o suscribiendo acciones o participaciones en aumentos de capital y otras emisiones de títulos valores.&nbsp;<br><br></div><div><br>c) Otorgar contratos de trabajo relativos al personal de la Sociedad así como establecer su régimen de actuación.&nbsp;<br><br></div><div><br>d) Otorgar actos y contratos que sean necesarios o convenientes para la realización del objeto social.&nbsp;<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div><div>e) Acordar operaciones de crédito o préstamos que puedan convenir a la Sociedad y que no estén reservadas a la Junta General.<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div><div>f) Girar, aceptar, endosar, intervenir y protestar letras de cambio y otros instrumentos de giro.<br><br></div><div><br>g) Acordar lo que se juzgue conveniente sobre el ejercicio de los derechos o acciones que a la Sociedad correspondan ante los Juzgados o Tribunales ordinarios o especiales y ante las oficinas, Autoridades o Corporaciones del Estado, Comunidad Autónoma, Isla, Provincia o Municipio, así como respeto a la interposición de recursos ordinarios o extraordinarios, nombrando representación y defensa de la Sociedad y defensa de la Sociedad.&nbsp;<br><br></div><div><br>h) Disponer de los fondos y bienes sociales, y reclamarlos, percibirlos y&nbsp; cobrarlos lo mismo de particulares que de oficinas públicas, constituyendo o retirando depósitos de la Caja General don de los intereses sociales convenga, constituir cuentas corrientes bancarias, bien sea en metálico o valores de las mismas, y en general realizar toda clase de operaciones bancarias con entidades nacionales o extranjeras. <br><br><strong>Sede<br></strong>Camino a Los Olivos, S/N TL 35300 Santa Brígida Gran Canaria – España<br><br></div>       2023-2027                                      
70 Junta General <div><a href="https://transparencia.smdsantabrigida.es/storage/uploads/1730724751ORGANIGRAMA%20JUNTA%20GENERAL%20pdf.pdf">Organigrama</a><br><br><strong><em>Miembros de Consejo de Administración:<br></em></strong><br></div><ul><li>José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez (Presidente)</li><li>Carlos Carrión Marrero (Consejero Delegado)</li><li>Ramón Olarte Lopez-Viota (Secretario)</li><li>José Armengol Martín</li><li>Juan Armando Umpiérrez Cabrera</li><li>Adrián García Armas</li></ul><div><br><strong>Funciones del Consejo de Administración:<br></strong><br></div><div><br>1. El artículo 14 de los Estatutos establece que corresponden al Consejo de Administración la representación de la Sociedad, en juicio y juera de él, ostentando las siguientes facultades, teniendo en cuenta que la presente determinación de atribuciones es meramente enunciativa y no limita en manera alguna las amplias facultades que lo cometen para gobernar, dirigir, administrar los negocios e intereses de la Sociedad en todo cuanto no esté especialmente reservado a la competencia de la Junta General:<br><br></div><div>a) Adquirir, enajenar, disponer, gravar toda clase de bienes muebles e inmuebles y constituir, aceptar, modificar o extinguir toda clase de derechos reales, personales e hipotecas.<br><br></div><div><br>b) Otorgar toda clase de actos, contratos o negocios jurídicos con los pactos, cláusulas y condiciones que estimen oportuno establecer; transigir, pactar arbitrajes; tomar parte en concursos y subastas; realizar cualquier operación sobre acciones, participaciones y obligaciones u otros títulos valores, así como realizar actos de los que resulte la participación en otras sociedades, bien concurriendo a su constitución o suscribiendo acciones o participaciones en aumentos de capital y otras emisiones de títulos valores.&nbsp;<br><br></div><div><br>c) Otorgar contratos de trabajo relativos al personal de la Sociedad así como establecer su régimen de actuación.&nbsp;<br><br></div><div><br>d) Otorgar actos y contratos que sean necesarios o convenientes para la realización del objeto social.&nbsp;<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div><div>e) Acordar operaciones de crédito o préstamos que puedan convenir a la Sociedad y que no estén reservadas a la Junta General.<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div><div>f) Girar, aceptar, endosar, intervenir y protestar letras de cambio y otros instrumentos de giro.<br><br></div><div><br>g) Acordar lo que se juzgue conveniente sobre el ejercicio de los derechos o acciones que a la Sociedad correspondan ante los Juzgados o Tribunales ordinarios o especiales y ante las oficinas, Autoridades o Corporaciones del Estado, Comunidad Autónoma, Isla, Provincia o Municipio, así como respeto a la interposición de recursos ordinarios o extraordinarios, nombrando representación y defensa de la Sociedad y defensa de la Sociedad.&nbsp;<br><br></div><div><br>h) Disponer de los fondos y bienes sociales, y reclamarlos, percibirlos y&nbsp; cobrarlos lo mismo de particulares que de oficinas públicas, constituyendo o retirando depósitos de la Caja General don de los intereses sociales convenga, constituir cuentas corrientes bancarias, bien sea en metálico o valores de las mismas, y en general realizar toda clase de operaciones bancarias con entidades nacionales o extranjeras.&nbsp;<br><br><strong>Sede<br></strong>Camino a Los Olivos, S/N TL 35300 Santa Brígida Gran Canaria – España</div>       2023-2027